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TIPOS DE FE PÚBLICA


 4.2 TIPOS DE FE PÚBLICA:

Fe publica originaria: Ahora estudiaremos la fe pública originaria, sobre la cual existe escasa doctrina, es decir, en pocos libros se brinda definiciones sobre tan importante institución jurídica. La fe pública originaria es cuando se ha tenido en cuenta lo percibido por los sentidos del notario público, por ejemplo, cuando se otorga ante dicho funcionario una escritura pública, en este caso el referido funcionario da fe o brinda la misma de la manifestación de voluntad de los comparecientes u otorgantes, entre otros tantos hechos, los cuales pueden aparecer en el protocolo notarial.



Este tipo de fe pública es otorgada también por parte de los funcionarios consulares, que en algunos supuestos brindan el servicio de fe pública originaria, la cual es desarrollada en el presente numeral, es decir, constituye un error sostener que la fe pública originaria sólo pueda ser notarial, sino que puede ser brindada también por otros funcionarios públicos y esto no sólo ocurre en el derecho peruano, sino también en el derecho extranjero. Otro caso de la fe pública originaria es cuando se otorga un testamento por escritura pública, dejando constancia que existen otras clases de testamento, al menos dentro del derecho peruano, por lo tanto, podemos afirmar que el derecho notarial se relaciona con el derecho civil, entre otras ramas del derecho.

Fe publica derivada: Habiendo desarrollado la fe pública originaria, nos ocuparemos de desarrollar en el presente numeral la fe pública derivada, la cual ha llamado nuestra atención, por lo tanto, la desarrollamos. La fe pública derivada es cuando lo que se certifica no ha sido percibido por los sentidos del notario público, por ejemplo, cuando expide una copia certificada (de un libro de actas, o de un registro de socios, o de una matrícula de acciones, entre otros tantos documentos), o una legalización de reproducción, los cuales no conforman el protocolo notarial.

Este tipo de fe pública es un servicio que también es brindado por parte de algunos funcionarios consulares, los cuales se rigen o tienen su base legal o base normativa dentro del nuevo reglamento consultar, la cual es una norma bastante detallada, que forma parte del derecho consular peruano vigente, que es poco estudiada incluso en los estudios de maestría y doctorado. Clases de fe pública

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