UNIDAD
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FE
PÚBLICA:
DEFINICION
Consideramos importante definir el tema tratado, como es por cierto la fé pública, por ello, definiremos este término, con el objeto de tener mayores conocimientos sobre el derecho notarial y de todas las otras ramas del derecho que son el área de conocimiento del tema tratado.
La fé pública es cuando una afirmación contenida o no en un instrumento se tiene como verdad frente a todas las personas, y la fe pública mas conocida es la notarial, sin embargo, no es la única, sino que se trata de un tema bastante amplio, .
Con esta definición se puede continuar el desarrollo del presente tema con mayores elementos de juicio, porque conocer la definición de un tema, implica un conocimiento mas amplio de tan importante tema jurídico, que no sólo debe ser tenido en cuenta dentro del derecho notarial, sino también en otras ramas del derecho. Fe pública
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